90 DÍAS DE PATERNIDAD PAGADAS EN MÉXICO

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SANTIAGO URBINA.-

¿Sabías qué en México a partir del 01 de octubre de este año, La Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN) autorizó la licencia de paternidad por tres meses a sus trabajadores?,
el ministro presidente Arturo Zaldívar, dijo qué la licencia por paternidad en la SCJN va en busca de tirar estereotipos, indicando que seria la primera vez que el tribunal otorga tres meses de licencia, esto fue anunciado el pasado mes de septiembre.

Con esto la licencia por paternidad iguala a la de maternidad, por lo qué a partir del 01 de octubre de esté año todos los Trabajadores del Poder Judicial de la Federación y de la Suprema Corte de Justicia podrán gozar, por primera vez en la historia, de las licencias de paternidad por el mismo tiempo que las mujeres, fue el el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, quién propuso al Consejo de la Judicatura Federal y al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal autorizar las licencias de paternidad por tres meses, indicando «Daremos licencias de paternidad por tres meses pagados, igual que las de las mujeres», indicó Zaldívar, asegurando qué esta medida coloca al Poder Judicial Federal a la vanguardia en el Continente Americano, como una de las instituciones más proteccionistas y que hacen un mejor trabajo comprometido para lograr una igualdad real entre los hombres y las mujeres, esta licencia será de tres meses pagada, que se puede ejercer en un periodo de nueve meses a partir del nacimiento o de la adopción de la niña o el niño, agregó, esta Licencia por paternidad en la SCJN busca terminar con estereotipos, son quizás, la medida más transformadora y revolucionaria que se ha tomado en la historia del Poder Judicial y de las instituciones públicas de México, al terminar con el estereotipo de la mujer cuidadora y permitir que se acabe con la discriminación laboral, pues un padre merece al igual qué la madre estar junto a su hijo los primeros meses de vida, pero qué dice la ley sobre el permiso de paternidad en México,
El artículo 132, fracción XXVII Bis, de la Ley Federal de Trabajo (LFT) establece la obligación del patrón de otorgar una licencia de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo a los hombres que trabajan al momento de que nace su hijo, de igual manera, en el caso de un proceso de adopción, en la legislación se indica que los cinco días se cuentan a partir del día de nacimiento del bebé o cuando se reciba al menor adoptado, a su vez la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, envío una solicitud a revisión para aumentar a 45 días las licencias pagadas por paternidad, situación qué otros estados de la República ya empiezan a valorar de Igual manera.