El estado perseguirá a quienes dañen la imagen turística de Quintana Roo

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Con penas van desde los seis meses a los seis años mismas que pudieran incrementarse dependiendo de las acciones perpetradas la XVIII legislatura del Congreso de Quintana Roo busca sancionar a prestadores del servicio de transporte privado y público que causen homicidio, daños y lesiones estando en el servicio de sus funciones, las modificaciones para ello fueron aprobados en la Comisiones de Movilidad y de la Comisión de Justicia.

De aprobarse en el pleno los prestadores de servicio de transporte público y privado serán sancionados ante cualquier acto agresivo que cometan, ya sea de manera penal o administrativa, independientemente si esta es a otro prestador de servicio, usuario, turista, e incluso si causa daños materiales o realiza bloqueos de vialidades además se  faculta la suspensión y remoción de las licencias de conducir de los prestadores de servicio, e incluso de los propios permisionarios. 

En el caso del 107 Bis, se contempla que el conductor cause homicidio o lesiones, se le impondrá hasta una mitad más de la pena que corresponda por el homicidio o la lesión cometida y si son inferidas a una persona menor de dieciocho años o el sujeto pasivo del delito tenga la calidad de turista, la pena privativa de la libertad se aumentará en dos terceras partes de las que le correspondan.

En lo que corresponde  al articulo 162 Bis. se prevén sanciones a quienes dolosamente destruya o deteriore una cosa ajena o propia, con perjuicio de otro, se le impondrá prisión de dos a seis años y de quince a doscientos cuarenta días multa

Y en el 182 a todo aquel que dañe, altere destruya, obstaculice o modifique alguna vía, señalización, aparato, tecnología, instalación, mobiliario de infraestructura vial, medio de comunicación o de transporte destinado a la prestación de los servicios público o privado de transporte se le aplicará prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a doscientos días multa.

Las mismas penas se impondrán al que retenga cualquier vehículo destinado al servicio público o privado de transporte en cualquiera de las modalidades contempladas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo y dolosamente obstaculice una vía de comunicación o la prestación de un servicio público de comunicación o servicio público o privado de transporte de competencia estatal.

Los legisladores consideraron que la iniciativa de Ley se convertirá en una herramienta efectiva que permita la persecución penal del estado y las sanciones administrativas en contra de quienes perpetren actos de agresión contra otros prestadores de servicio, en contra de turistas y que estos afecten la imagen de Quintana Roo.