DOS CIUDADANOS PRESENTARON SU MANIFESTACIÓN DE INTENCIÓN DE POSTULARSE COMO CANDIDATO INDEPENDIENTE A DIPUTADO

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De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 368, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, en relación con el artículo 288, numeral 2 del referido Reglamento, y la base cuarta de la Convocatoria, las y los ciudadanos (as) que pretendan postularse como candidato (a) independiente a diputado (a) por el principio de mayoría relativa, al vencimiento del plazo legal dos ciudadanos presentaron su manifestación de intención ante las Juntas Distritales de la Entidad.

El 3 de octubre el C. Tobin Cunningham Wexford James, presentó su manifestación de intención ante el Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital Ejecutiva; por otro lado el 4 de octubre fecha límite para que los ciudadanos interesados a participar en las próximas elecciones federales el C. Pedro Alejandro Villanueva Escabi, presentó su manifestación de intención en la Junta Distrital Ejecutiva 03.

La Vocal Ejecutiva de la 03 Junta Distrital y el Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital Ejecutiva, tendrán un plazo de 24 horas para verificar que la manifestación de intención se encuentre integrada conforme a la convocatoria emitida, entre los requisitos se encuentran los siguientes: copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil integrada, al menos, por la o el aspirante, su representante legal y la o el encargado (a) de la administración de los recursos de la candidatura independiente, copia simple de cualquier documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en el que conste el Registro Federal de Contribuyentes de la Asociación Civil.

En caso de que falte algún requisito se requerirá al ciudadano interesado para que en un término de 48 horas, remita la documentación o información omitida; en caso de que no sea presentado se tendrá por no recibida la manifestación de intención.

De resultar procedente la manifestación de intención, se expedirá constancia de aspirante a la o el ciudadano interesado a más tardar el 11 de octubre, y se entregara en el domicilio señalado por este para oír y recibir notificaciones.

Una vez que el Vocal Ejecutivo Distrital haya verificado que se cubrieron todos los requisitos que han sido mencionados, esto es, que es procedente el otorgamiento de la constancia respectiva, le proporcionará a la o el ciudadano (a) interesado (a) la dirección electrónica del SNR https://candidatosnacionales.ine.mx/snr/app/modulos/ligapublica/, su folio y contraseña de acceso, a efecto de que realice su registro, lleve a cabo el llenado de su informe de capacidad económica y cargue los documentos digitalizados que le son requeridos en el mismo.




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