PROXIMO AÑO, SUBIRÀ A PLENO LA PROPUESTA DE LEY SOBRE LA LEGITIMA DEFENSA EN QUINTANA ROO

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Chetumal.- En los últimos días se ha viralizado una nota sobre la aprobación de la Legítima Defensa en el Estado de Guanajuato, sin embargo usuarios de Quintana Roo la han confundido con la iniciativa presentada por el Diputado Independiente Juan Carlos Pereyra.

El proyecto para crear la Ley sobre la Legítima Defensa en Quintana Roo aún se analiza en comisiones y es factible que el próximo año logremos subirla al pleno y ver si los compañeros la aprueban en beneficio de los quintanarroenses, expresó el diputado independiente en la XV Legislatura del Congreso del Estado, Juan Carlos Pereyra Escudero.

Cuestionado sobre los rumores que circulan en redes sociales, en el sentido que Quintana Roo ya cuenta con citada Ley (Legítima Defensa), el representante popular lo desmintió y detalló que desde el año pasado la presentó y luego de ser leída en el pleno fue turnada a comisiones donde es analizada.

-Esta la propuesta hecha, pero hasta la fecha no se ha convertido en Ley, solo el estado de Guanajuato ya la tiene establecida como norma-, comentó.

Cabe señalar que el pasado 31 de octubre del año pasado el diputado Independiente Juan Carlos Pereyra Escudero, presentó la iniciativa misma que fue leída en el pleno el 22 de noviembre, mediante la cual pretende modificar el:

ARTICULO 20.- El delito se excluye cuando se actualice alguna causa de atipicidad, de justificación o de inculpabilidad.

A…

B. Son Causas de justificación:

I. El consentimiento presunto. Se presume que hay consentimiento, cuando el hecho se realiza en circunstancias tales que permitan suponer fundadamente que, de haberse consultado al titular del bien o a quien esteì legitimado para consentir, estos hubiesen otorgado el consentimiento;

II. Legítima defensa: Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.

Se presumiráì que concurren los requisitos de la legitima defensa, respecto de aquél que cause un daño, a quien a través de la violencia, del escalamiento o por cualquier otro medio trate de penetrar sin derecho, a su hogar o sus dependencias, a los de su familia o los de cualquier persona que tenga el mismo deber de defender o al sitio donde se encuentren bienes jurídicos propios o ajenos de los que tenga la misma obligación; o bien, cuando lo encuentre en alguno de esos lugares, en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión.

Pereyra Escudero sugirió a los quintanarroenses analizar la información que circula en las redes sobre este tema. “Por favor analícenla antes de compartirla, evitemos viralizarla, porque se trata de un tema muy delicado”, concluyó




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