IEQROO APRUEBA CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE CANDIDATURAS EN MATERIA DE PARIDAD PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2018-2019.

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Chetumal.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) en su Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, aprobó los criterios y procedimientos a seguir en el registro de candidaturas en materia de paridad en las fórmulas de diputaciones que se postulen en el proceso electoral local ordinario 2018-2019. Asimismo, se aprobó la creación de la Comisión Temporal que realizará la valoración curricular y entrevista a la persona propuesta, en su oportunidad, para ocupar el cargo de titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de Quintana Roo.

En ese sentido, la Consejera Thalía Hernández Robledo presidenta de la Comisión Transitoria de Igualdad entre Mujeres y Hombres dio a conocer que la paridad de género en política tiene entre sus principales finalidades: garantizar el principio de igualdad entre hombres y mujeres, promover y acelerar la participación política de las mujeres en cargos de elección popular, y eliminar cualquier forma de discriminación y exclusión histórica o estructural.

Hernández Robledo señaló que el Instituto Electoral lleva a cabo una labor trascendente respecto a la generación de los criterios específicos que se requieren para garantizar los procedimientos legales para otorgar viabilidad jurídica y material al registro de las candidaturas para competir en las próximas elecciones locales para renovar el Congreso del Estado de Quintana Roo.

Apuntó que el Instituto se ha abocado a generar las herramientas e instrumentos jurídicos para regular las postulaciones de las candidaturas para los cargos de elección popular en Quintana Roo, en donde se han establecido los criterios de registro de candidaturas y los bloques de competitividad para los partidos políticos y coaliciones, se busca con ello, dijo, postular candidaturas de ambos géneros en igualdad de circunstancias.

Explicó que entre los criterios se debe de respetar la Paridad Vertical, es decir, principio por el cual los partidos políticos registran sus listas de representación proporcional en forma paritaria observando la alternancia de género. La Paridad Horizontal, principio por el cual los partidos políticos y coaliciones deberán postular el mismo número de fórmulas de mujeres y hombres en el total de distritos uninominales en el que participen, en caso de ser número impar los distritos, el partido político o coalición determinará qué género tendrá uno más y la Paridad Transversal, se refiere a que los partidos políticos y coaliciones no deberán destinar exclusivamente a un mismo género aquellos distritos en los que hayan obtenido los porcentajes de votación más altos o más bajos en el proceso electoral local ordinario 2016. Para su observancia, se establecerán bloques de alta, media y baja competitividad.

En otro punto del orden del día se aprobó la creación de la Comisión Temporal que realizará la valoración curricular y entrevista a la persona propuesta, en su oportunidad, para ocupar el cargo de titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de Quintana Roo, la cual quedo integrada por la Consejera Electoral Thalía Hernández Robledo y los Consejeros Electorales Adrián Amílcar Sauri Manzanilla y Jorge Armando Poot Pech.

Lo anterior derivado a que el actual Titular de la Secretaría Ejecutiva ha fungido con dicho carácter en los procesos electorales locales ordinarios del 2016 y 2017-2018 se tiene que tal situación actualiza lo previsto en el último párrafo del artículo 147 de la Ley Local, respecto a que el Secretario Ejecutivo durará en su cargo dos procesos electorales ordinarios sucesivos y no podrá ser reelecto.




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